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Regresan a empresa de Reynosa dinero cobrado irregularmente por Registro Público

enero 23, 2018
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Por David Zárate Cruz

Reynosa, Tamaulipas.- La Secretaría de Finanzas del gobierno estatal regresó a una empresa de esta ciudad una cantidad de dinero cobrada irregularmente.

Lo anterior se dio en cumplimiento a la sentencia 175/2017 que otorgó el amparo, declarando inconstitucional el cobro sobre el valor 8 al millar en la inscripción de contratos en el Registro Público de la Propiedad, por los principios de proporcionalidad y equidad  tributaria en materia de derechos.

El Juez Faustino Gutiérrez Pérez, del Juzgado Octavo de Distrito, resolvió: “para conocimiento del quejoso (…), el director jurídico de Ingresos de la subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Fianzas del Estado, allega copia certificada del pago interbancario realizado (…), dese vista a la quejosa para que dentro del término de tres días manifieste si se encuentra conforme con el cumplimiento, en el entendido que de no hacer manifestación alguna en el término indicado, se pronunciará respecto del citado cumplimiento…”.

La empresa Parques American Industries S.A. de C.V., acudió el 27 de febrero del 2017 ante el Poder Judicial Federal en Reynosa para presentar demanda en contra de los poderes Legislativo y Ejecutivo del estado, demandando la inconstitucionalidad del artículo 64, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas, considerándola violatoria de las garantías de proporcionalidad y equidad tributaria.

El Juez señaló que la principal función del Registro Público de  la Propiedad es la de dar publicidad y certidumbre a los actos jurídicos que la propia ley prevé, por ende, si se da a una inscripción de un contrato de compraventa de un inmueble o de un determinado crédito de un monto al de otro que es mayor, resulta inconcuso que los  gobernados que inscribieron ambos actos jurídicos se benefician en igual medida del servicio que presta, por lo que no existe razón para que uno pague más y otro menos dinero.

El Juzgado emitió la sentencia otorgado el amparo para que a la empresa no se le aplique el artículo 64, fracción I, de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas, y se le reintegren las cantidades que con motivo del primer acto de aplicación de las referidas  normas legales, actualizaron el supuesto normativo declarado inconstitucional, esto es, los efectuados a partir del 2 de febrero de 2017.

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