Por David Zárate Cruz
Cd. Victoria, Tamaulipas.- Como si tratara de burlarse de un maestro, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) estableció que se le pagaran cuatro horas por el período de un año, pero en la práctica “decretó” que se le liquidara solamente un día.
En una decisión inusual, el Tcatsem estableció el pago en forma correcta, pero dispuso que fuera “del 11 de diciembre de 2012 al 11 de diciembre de 2012”, o sea de un día, lo que ocasionó que mediante la ejecutoria 403/2016 los magistrados federales otorgaron el amparo al maestro agraviado.
La magistrada Olga Iliana Saldaña Durán, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determinó que al establecer la condena al pago de las cuatro horas reclamadas, el tribunal laboral dispuso como período de procedencia “del 11 de diciembre de 2012 al 11 de diciembre de 2012”, cuando tal lapso corresponde a la misma fecha y no al año anterior a la presentación de la demanda, comprendido del 11 de diciembre de 2011 al 11 de diciembre de 2012.
El 21 de abril del 2016 el Poder Judicial Federal en esta capital recibió la demanda interpuesta por un maestro en contra del Tcatsem, por el Laudo de 14 de marzo de 2016, dictado dentro del expediente laboral 321/2012, el cual consideró como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, presentando las pruebas correspondientes.
En un principio el maestro demandó a la hoy SET ante el Tcatsem, reclamando que desde el año escolar 2010-2011, 2011-2012 y una parte del 2012 al 2013 se le adeudaban cuatro horas frente a grupo, que desde entonces cubre con la promesa de la dirección de la escuela y de la delegación sindical de que se le asignará el recurso, el cual ha existido, pero pese a múltiples intentos no han sido asignados y ni cubiertos, lo cual reconoció la dirección del plantel.
El Tcatsem emitió el Laudo condenado a la SET al pago de las cuatro horas laboradas únicamente por cuanto hace al periodo del 11 de diciembre de 2012 al 11 de diciembre del 2012 (sic), al haberse opuesto la excepción de prescripción por el demandado, previo incidente de liquidación que se formule en autos, asimismo a la asignación de 14 horas, por lo que el maestro recurrió al juicio de amparo.
La magistrada Olga Iliana Saldaña Durán, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que el Tcatsem cometió un error al establecer el año de procedencia del reclamo de cuatro horas solicitadas, a la luz de la excepción de prescripción, opuesta por la patronal, si se toma en cuenta que el año anterior a la presentación de la demanda está comprendido en el plazo del 11 de diciembre de 2012 al 11 de diciembre de 2011, y no el periodo que estableció del “11 de diciembre de 2012 al 11 de diciembre de 2012”.
Ante ello propuso otorgar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial para que el tribunal burocrático emita un nuevo laudo en el que, por una parte, establezca como periodo de procedencia del pago de las cuatro horas solicitadas por el actor el comprendido del 11 de diciembre de 2011 al 11 de diciembre de 2012, y por otra, funde y motive el examen del reclamo consistente en asignación de cuatro horas solicitado.







Discussion about this post