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Clausura gobierno restaurante-bar en Matamoros por no tener comida ‘suficiente’

junio 22, 2018
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Clausura gobierno restaurante-bar en Matamoros por no tener comida ‘suficiente’
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Por David Zárate Cruz

Matamoros, Tamaulipas.- La Dirección de Recaudación de la subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado clausuró definitivamente un restaurante-bar en Matamoros y le impuso una multa de 37 mil 745 pesos por no tener comida suficiente.

Como la Ley de Alcoholes no señala cuánta comida debe de haber en un restaurante-bar, mediante la sentencia 879/2017 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo anulando dicha resolución.

El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, determinó que si bien es cierto que en el acta de visita se asentó que no contaba con alimentos suficientes para el funcionamiento de la negociación, también lo es que en la Ley  Reglamentaria de Establecimientos de Bebidas Alcohólicas no se prevé la cantidad que se requiere para que dicho establecimiento opere como restaurant-bar.

El 24 de octubre del 2017 un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en Matamoros para presentar demanda en contra de la Dirección de Recaudación de la subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado, por la clausura definitiva de restaurante y multa, lo cual consideró como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El Juez señalo que, sin que obste que al momento de la inspección ninguna  persona  se encontrara ingiriendo alimento alguno -pues ello no resulta un dato objetivo para concluir en los términos de la responsable-, ni siquiera se indagó a las personas que se encontraban en el lugar si habían solicitado alimentos, máxime que resultaría inadmisible exigir que los clientes se encuentren en todo momento consumiendo alimentos para encontrarse dentro del giro autorizado, cuestión que además no obliga el reglamento.

El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para que la dependencia estatal deje insubsistente la resolución emitida el 28 de agosto de 2017, respecto a la negociación con giro de restaurante-bar; así como todas sus consecuencias legales, entre ellas, la sanción consistente en quinientas Unidades de Medida y Actualización impuesta al agraviado.

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