Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) inventó un incidente de caducidad en un juicio laboral de una empleada de limpieza en contra del ayuntamiento de Soto la Marina. Además, el presidente (del Tcatsem) no firmo la resolución, ni el secretario lo autorizó, por lo que mediante la ejecutoria 1020/2017 magistrados federales otorgaron el amparo en favor de la afectada.
La magistrado Rebeca del Carmen Gómez Garza, del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con sede en Saltillo, Coahuila, determinó que la resolución incidental deriva de un incidente inexistente, que no está previsto en el Código Municipal, en la Ley Federal del Trabajo, ni en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado, pues ninguna de esas instancias contempla procedimiento alguno para incidentes de caducidad de la acción, como lo estimó el Tcatsem.
El 29 de setiembre del 2017, se presentó en el Poder judicial Federal en esta capital la demanda promovida por una mujer en contra del Tcatsem, por la resolución incidental de 4 de septiembre de 2017 en el juicio laboral 149/2013, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, ante lo cual presentó las pruebas correspondientes.
En un principio, el de 30 de octubre de 2013, la mujer presentó demanda laboral en contra del municipio de Soto la Marina, Tamaulipas, reclamando la reinstalación en su puesto de “Limpieza de Delegación y Plaza del Poblado La Pesca”.
Al contestar la demanda el Ayuntamiento presentó un incidente de caducidad de la instancia, ante lo cual la autoridad laboral ordenó abrir dicho incidente en términos del artículo 114 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas.
Debido a que no existe dicho incidente en la ley laboral, además la resolución no está firmada por el presidente del Tcatsem, ni autorizada por el secretario, la afectada decidió recurrir al juicio de amparo. Por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Décima Región, con sede en Saltillo, Coahuila.
La Magistrado Rebeca del Carmen Gómez Garza, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que el 21 de abril de 2017 (fecha señalada para la audiencia incidental) no comparecieron las partes, por lo que la responsable los citó nuevamente sustentando su determinación en los artículos 277, 278, 280, 281, 284, 285 y 293 del Código Municipal. Sin embargo, dichas disposiciones que regulaban la competencia y el procedimiento del Tcatsem fueron derogados por decreto publicado el 24 de septiembre 2013.
El pleno judicial otorgó del amparo para que se dicte un nuevo acuerdo en el que se provea lo conducente respecto a la tramitación al planteamiento de caducidad y determine si debe resolverse de plano o en incidente, así como si aplica supletoriamente al caso la Ley Federal del Trabajo, prescindiendo del Código Municipal, el cual debe estar firmado por el presidente y mayoría de los representantes, así como autorizado por el secretario.






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