Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Por determinación de los tribunales federales, la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) deberá indemnizar a un agente de la policía investigadora, al que despidió en forma injustificada y en el procedimiento instaurado en su contra no se le citó a una audiencia de pruebas.
Como consecuencia, por medio de la sentencia 68/2018 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que se indemnice al agente estatal, porque la Constitución federal prohíbe reinstalar a elementos de seguridad pública.
La Juez Nancy Juárez Salas, titular del Juzgado Decimotercero de Distrito en Madero, determinó que, en el caso a estudio, no se efectuó la citación a la audiencia en la que se desahogarían las pruebas respectivas y se recibirían los alegatos del servidor público en contra de quien se llevó el procedimiento, lo que señala la fracción IV del artículo 85 de la Ley Orgánica de la Fiscalía.
Con esa irregularidad, la Fiscalía General de Justicia del Estado vulneró las prerrogativas que le asisten al policía, con la finalidad de garantizar que se le respeten sus derechos de audiencia, legalidad y defensa.
La Juez señaló que el objeto del amparo es verificar si la violación alegada, de fondo o forma, quedó o no acreditada, y de ser así se actualizaría la obligación de reparar de manera integral el derecho violado y el afectado no obtendría un beneficio mayor al otorgado con la protección constitucional si se repusiera el procedimiento, pues el único efecto sería acreditar las circunstancias que actualicen la indemnización constitucional.
El Juzgado determinó que al no haberse efectuado la citación a la audiencia en la que se desahogarían las pruebas respectivas y se recibirían los alegatos del servidor público en contra de quien se llevó el procedimiento administrativo, así como que no se celebró la misma, es inconcuso que no se respetaron las formalidades esenciales del procedimiento, por lo que la resolución emitida por la Comisión del Servicio Profesional de Carrera de Honor y Justicia para los miembros de la Carrera Policial de la FGJE resulta ilegal.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para que la FGJE realice el pago de la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho el policía investigador con motivo de la remoción injustificada de su cargo, y efectúe la anotación en el expediente personal del elemento, así como en los registros Estatal y Nacional de Seguridad Pública, de que éste fue separado de manera injustificada.







Discussion about this post