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Émulo de Tres Patines obliga a reo en libertad a enviar 31 reportes al mes sin decir fecha de inicio

octubre 26, 2021
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Émulo de Tres Patines obliga a reo en libertad a enviar 31 reportes al mes sin decir fecha de inicio
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Por David Zárate Cruz

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Un Juez de Ejecución del Centro de Justicia (Cejus) Penal Federal en Victoria estableció la obligación de enviar 31 reportes mensuales a un sentenciado para gozar del beneficio de libertad condicional, sin explicar cuál es la constancia federal y el inicio de tal medida que le impone al reo, por lo que mediante la sentencia 204/2021 el Poder Judicial Federal otorgó amparo al afctado para que se establezca fecha del inicio de dicha obligación.

El Juez Francisco Manuel Rubín de Celis Garza, titular del Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, determinó que, se torna insuficiente la motivación contenida en el acuerdo reclamado, a efecto de generar convicción en el sentido de que desde el cuatro de diciembre de dos mil dieciocho, el sentenciado quedó impuesto de los términos y obligaciones para el cumplimiento de la condena condicional a la que se acogió, pues se insiste, no se explica cuál es la constancia en particular, que revela ese dato.

La Dirección General de Instituciones Abiertas, Prevención y Readaptación Social Federal, informó el 12 de abril del 2021, que enviaría al sentenciado el oficio, que contiene los términos y obligaciones para el cumplimiento de la condena condicional, y por otro, que a través de diverso oficio, de 21 de agosto de 2017, se comunicó al Juez de Ejecución tales  obligaciones, pero el acto reclamado no se sustenta en dicho oficio, sino en otro de 4 de diciembre de 2018-

El Juez de Amparo señaló que  el Juez responsable no señala cuál es la fecha y número de oficio de la autoridad administrativa que se recibió en diciembre de 2018, y qué contenía la información sobre las obligaciones impuestas al sentenciado, a efecto de poner en evidencia que desde esa fecha quedó a disposición de las partes la información relativa a la exigencia de remitir los referidos reportes mensuales, esto es, cómo quedó debidamente enterado el sentenciado de dicha obligación.

El Juzgado otorgó el amparo para que se deje insubsistente el acuerdo de 23 de abril de 2012, en el que se establece la obligación del sentenciado,de enviar treinta y un reportes mensuales derivado del beneficio de la condena condicional al que se acogió dentro de la causa penal y dictar otro diverso, en el que, con plenitud de jurisdicción, de manera fundada y motivada, establezca la fecha de inicio de la obligación del sentenciado de remitir reportes mensuales.

 

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