Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Secretaría de Educación de Tamaulipas (SET) no cubrió las aportaciones al Instituto de Previsión y Seguridad Social (IPSSET) por un período de dos y ocho meses a un maestro, tiempo que duró un juicio laboral y se condenó a su reinstalación. Lo único que argumenta es que no se ordenó retener el 6 por ciento que corresponde aportar al trabajador, ante lo cual mediante la ejecutoria 311/2020 magistrados federales le negaron el amparo al ente oficial.
El 30 de enero del 2020, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), emitió el Laudo del juicio laboral 604/E/2016 acumulado al 598/E/2017, mediante el cual condenó a la Secretaría de Educación de Tamaulipas (SET) al pago del 10 y el 6 por ciento sobre el sueldo del trabajador correspondiente a las cuotas y aportaciones mencionadas, sin embargo la dependencia recurrió al juicio de amparo.
El magistrado Jesús Garza Villarreal, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, indicó que la determinación se estima correcta en virtud de que, como lo sostuvo la responsable, la parte actora demostró mediante la documental consistente en el estudio de antigüedad de uno de septiembre de dos mil quince -foja 33 del juicio laboral-, que no se habían realizado las aportaciones correspondientes ante el IPSSET, del período comprendido del uno de octubre de mil novecientos noventa y ocho al quince de junio del dos mil.
El magistrado Jesús Garza Villarreal determinó que es obligación del patrón realizar el pago de las aportaciones al IPSSET, por lo cual la SET estaba obligada a entregar dichas cuotas; de ahí que si se enteró de la omisión de la parte patronal de hacer las aportaciones correspondientes al referido instituto, hasta el uno de septiembre de 2015, fecha en que se emitió el estudio de antigüedad, y en ese momento se encontraba facultada para reclamar ante la hoy quejosa el pago de dichas aportaciones lo inoperante de los argumentos, el pleno judicial negó el amparo a la dependencia.
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