Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Después de un año y siete meses, la subsecretaría de Legalidad y Servicios Gubernamentales envió pruebas al Poder Judicial Federal del cumplimiento a la sentencia 525/2020, que otorgó el amparo a una ciudadana, para que el gobernador de Tamaulipas le contestara un oficio, ya que al no hacerlo desde el 1 de noviembre del 2019, violó la garantía constitucional de petición.
El Juez Fernando Ureña Moreno, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, acordó: “agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio signado por la subsecretaría de Legalidad y Servicios Gubernamentales, en representación del gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas con sede en esta ciudad, mediante el cual en cumplimiento al fallo protector remite copia del oficio número SGG/SLSG/1541/2020, de fecha veintiuno de agosto de dos mil veinte, por el cual dio contestación a escrito de uno de noviembre de 2019.
“Por tanto, de conformidad con lo previsto en el artículo 196 de la Ley de Amparo, con el oficio de cuenta y su anexo, dese vista a la ciudadana por el plazo de tres días, para que manifieste lo que a sus derechos convenga, con el apercibimiento de que, en caso de no realizar manifestación alguna sobre el particular, este tribunal de amparo resolverá sobre el cumplimiento del fallo proteccionista, con base en los elementos que obren en el expediente”.
La ciudadana, reclamó la falta de contestación del escrito de fecha 01 de noviembre del año dos mil diecinueve, para la gestión correspondiente, mediante el cual, la suscrita pidió al Ejecutivo su intervención a fin de que ordenara el pago de la pensión por viudez y orfandad, desde el fallecimiento de su esposo, muerto en cumplimiento de su deber (como policía), en hechos violentos, el día 16 de marzo de dos mil dieciocho; al haberse omitido en el DECRETO LXIII-786 publicado el día 28 de marzo de dos mil diecinueve, en el Periódico Oficial del Estado.
La resolución emitida el 20 de agosto del 2020, señala que consecuentemente, ante la falta de respuesta al escrito presentado por la ciudadana ante la responsable, lo que procedió fue conceder el amparo y protección de la justicia federal, para el efecto de que el gobernador constitucional del Estado de Tamaulipas diera respuesta congruente e integral al escrito de petición de uno de noviembre de dos mil diecinueve.







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