Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- En el 2007 la Agencia del Ministerio Público Federal cateó un domicilio en el que se localizaron objetos de delitos federal, y hasta el 2017 emitió declaratoria de abandono del bien inmueble, sin que en ningún momento citara al dueño a la averiguación penal para que pudiera defenderse, por lo que mediante la sentencia 41/2018 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo al afectado.
El Juez Eduardo Ataulfo Rodríguez Álvarez, titular del Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, determinó que, entre las constancias remitidas por la responsable, respecto de las cuales al rendir su informe justificado señaló eran todas aquellas en las que constaban actuaciones relacionadas con los actos reclamados en el presente asunto, no se advierte que se haya realizado una investigación exhaustiva en cuanto a la identidad y domicilio del interesado, previo a ordenar la notificación por edictos.
En este caso, el 31 de marzo del 2007 el Ministerio Público Federal inició una averiguación previa; el 2 de abril del 2007 se llevó a cabo el cateo, donde aseguró un sinnúmero de objetos considerados como prueba de delitos federales, y el 30 de julio del 2014 se aseguró el bien inmueble, el que el 16 de enero del 2017 se decretó el abandono a favor del Gobierno Federal.
El Juez señaló que la responsable fue omisa en remitir la totalidad de las constancias que motivaron que dicha autoridad ministerial ordenara la notificación por edictos al afectado del auto de aseguramiento de dos de abril de dos mil siete, y que le fueron solicitadas por auto de 29 de mayo de 2018, por lo que el suscrito Juzgador desconoce las razones y argumentos que motivaron la publicación de tales edictos, sin embargo, de la lectura de la publicación de los mismos se advierte que, de igual forma, fue omisa en insertar un resumen de la determinación a notificar.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para que la Agencia del Ministerio Público adscrito a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada, Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, de la Procuraduría General de la República, deje insubsistente la determinación de 16 de enero de 2017, a través de la cual declaró el abandono del bien inmueble materia.
Hecho lo cual, ordene notificar el acuerdo de aseguramiento al dueño del inmueble, siguiendo las formalidades establecidas en los artículos 182-A y 182-B del Código Federal de Procedimientos Penales.
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