Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal inició el juicio de amparo 470/2022 en contra de la presidencia del Sistema para el Desarrollo Integral para la Familia (DIF) de Tamaulipas, por incomunicación a dos menores de edad con sus padres, y concedió la suspensión de plano (inmediatamente), para que cese la incomunicación mientras dura el litigio y se emite la sentencia respectiva con base a las pruebas que se presenten.
El Juez Fernando Urteña Moreno, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, acordó: “adiciónese a los autos el oficio número DTAM/739/2022 recibido vía correo electrónico, signado electrónicamente por la Titular de la Delegación del Instituto Federal de Defensoría Pública, Delegación Tamaulipas, con sede en esta ciudad, mediante el cual designa como Asesor Jurídico Federal para que representante a los menores dentro del presente juicio de amparo al licenciado Alfonso Trejo Campos”.
“En atención a lo anterior, se designa como representante de los menores de referencia a la citada defensor pública, debiéndosele correr traslado mediante oficio con el escrito inicial de la demanda, para los efectos legales correspondientes.
“Por otra parte, glósese a los autos el escrito recibido vía Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), enviado por él, en atención a su contenido, téngasele aceptando el cargo de legítima representante de los menores”.
El 10 de marzo, los padres de los menores acudieron ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra de la presidencia del DIF Tamaulipas, por incomunicación que han estado sufriendo los menores de iniciales M.A.A.R., de 6 años de edad, y M.J.A.R., de 9 años, que se ha estado ejerciendo por parte de la autoridad responsable así como la restitución de dichos menores a sus padres, otorgándose la suspensión de plano.
Cabe destacar que la suspensión de plano, se otorga de inmediato y consiste en suspender el acto reclamado, que es la incomunicación con sus padres, por todo el tiempo que dure el juicio de amparo, es decir, no se convocará a una audiencia para decidir si se otorga la suspensión definitiva.
En este caso, la audiencia constitucional estaba fijada para el día de ayer 8 de abril, por lo que aún se desconoce si se emitió sentencia, que habría ocurrido si se encontraran elementos para ello.







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