Por Agencias
Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó este lunes el cobro de 1.25 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a $169.71 pesos, que el municipio exigía a personas extranjeras para ingresar a Puerto Vallarta, Jalisco.
Dicho pago había sido incluido para el ejercicio fiscal de este año en el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos municipal como una cuota por el uso o aprovechamiento de servicios, bienes y espacios públicos del municipio, pero fue impugnado por una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
La Corte determinó, con base en el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía aprobado por unanimidad, que la contribución era ambigua, generaba incertidumbre en las personas y abría la puerta a posibles arbitrariedades por parte de la autoridad municipal.
“Evidentemente, no se especifica el tipo de servicio, ni el tipo de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales a los que se refiere, dejando abierta la posibilidad de que se trate incluso, de aquellos servicios o aprovechamientos de bienes o espacios públicos, ya contemplados y regulados por las leyes fiscales del municipio, como podrían ser aquellos que no se encuentran regulados y son libres de gravamen”, dijo el ponente.
El cobro estaba vigente desde febrero del presente año, y solo exentaba a los extranjeros menores de 14 años, con discapacidad, guías de turistas, operadores de tours, cruceros, personal de aerolíneas, trabajadores del ramo turístico, y extranjeros que cuenten con residencia temporal o permanente.
Adicionalmente, preveía un mecanismo de reembolso para las personas físicas extranjeras que tributaban localmente mediante unidades económicas que generaban empleo en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco. (Iván Evair Saldaña/La Jornada).







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