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Concluye Plan de Reparación en Akwel Juárez México, S.A. de C.V., conforme al MLRR del T-MEC

febrero 11, 2026
in NACIONAL
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Concluye Plan de Reparación en Akwel Juárez México, S.A. de C.V., conforme al MLRR del T-MEC
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Por Redacción 

Ciudad de México, México.- El gobierno de México, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía (SE), coordinó exitosamente la implementación del Plan de Reparación que se desprende de una presunta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en Akwel Juárez México, S.A. de C.V., (Akwel) ubicada en el municipio de Juárez, Chihuahua, México. Lo anterior, en el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR) del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC). 

El 22 de noviembre de 2024, la Oficina de la Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), solicitó al gobierno de México, a través de la SE, la revisión sobre una presunta denegación de derechos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva por parte de la empresa Akwel. 

El 26 de noviembre de 2024, el gobierno México aceptó realizar la investigación y después de 45 días, el 6 de enero de 2025, compartió con el gobierno de Estados Unidos, los siguientes resultados de la investigación: 

  1. Sobre la injerencia patronal, la STPS detectó indicios de que AKWEL permitió reuniones internas del Sindicato de Trabajadores de Maquilas, Varias, Similares y Conexos de la Confederación de Trabajadores de México en Ciudad Juárez (STMVSC) con el fin de desprestigiar al Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Especializados, Conexos y Similares de la República Mexicana (SINATAM). No obstante, tras las investigaciones pertinentes, la autoridad informó que no se hallaron pruebas suficientes para confirmar que la empresa haya condicionado o coaccionado a los empleados para afiliarse a dicha organización. 
  2. En cuanto a la discriminación antisindical, se analizó la denuncia sobre el despido injustificado de nueve trabajadores pertenecientes al SINATAM. La STPS determinó que, de ese grupo, solo existen indicios de que dos personas fueron presuntamente separadas de su cargo como consecuencia directa de sus actividades o preferencias sindicales. 
  3. Respecto a la interferencia en el derecho de huelga, se encontró un indicio de que personal de confianza de la empresa comunicó a los trabajadores que el movimiento era inexistente, instándolos a laborar normalmente. Sin embargo, el Tribunal Laboral Federal destacó que, en la prueba de recuento oficial, la mayoría de los trabajadores (62.63%) votó en contra de la huelga, frente a un 36.45% que se manifestó a favor. 
  4. Finalmente, sobre la negativa a firmar el Contrato Colectivo de Trabajo, la STPS encontró una falta de disposición por parte de AKWEL para negociar con el SINATAM. La empresa justificó esta postura argumentando un impedimento legal, bajo la premisa de que otro sindicato contaba con una mayor cantidad de trabajadores afiliados dentro de la planta. 

Durante los 45 días de la investigación, AKWEL realizó las siguientes acciones en coordinación con la STPS: 

  1. Publicó y difundió una carta de compromiso de neutralidad en asuntos sindicales y un documento que define los lineamientos de conducta por parte del personal de la empresa; 
  2. Capacitó a todo el personal de AKWEL sobre el contenido de la carta de neutralidad y los lineamientos de conducta; 
  3. Facilitó que la STPS capacitara a todo el personal de AKWEL, sobre los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en México; y 
  4. Liquidó a nueve personas trabajadoras. 

Como resultado del proceso de consultas intergubernamentales posteriores a la entrega de la investigación realizada por la STPS, el 31 de octubre de 2025, los gobiernos de México y Estados Unidos acordaron un Plan de Reparación para los fines del Anexo 31-A del T-MEC, respecto de la denegación de derechos en la instalación de Akwel Juárez México, S.A. de C.V. 

Las acciones realizadas durante este Plan de Reparación fueron: 

  1. Restitución de Trabajadores. La empresa se obligó a ofrecer la reincorporación inmediata e incondicional de los trabajadores despedidos injustificadamente, respetando sus puestos, salarios caídos y antigüedad. Para quienes rechazaron el regreso, se garantizó el pago total de su liquidación legal. 
  2. Gestión de Recursos Humanos. Akwel reestructuró el área de recursos humanos e implementó medidas disciplinarias, entrenamientos fuera del centro de trabajo para la gerencia y contrató asesoría legal externa para asegurar un entorno de respeto a la libertad de asociación y la negociación colectiva. 
  3. Neutralidad y Tolerancia Cero. Además de los documentos suscritos durante el periodo de investigación, la empresa implementó una política de tolerancia cero ante cualquier interferencia patronal, difundiendo estos documentos físicamente, en su sitio web y mediante capacitaciones impartidas por la STPS. 
  4. Transparencia y Denuncia. Se habilitaron canales de denuncia anónimos (correo y teléfono) y se instalaron mecanismos de queja directa ante el gobierno de México. Además, directivos de la empresa, difundieron el plan de reparación y realizaron actos públicos de reconocimiento de las prácticas ilegales para asegurar a los empleados que no habrá represalias por sus actividades sindicales. 
  5. Supervisión Gubernamental. El CFCRL supervisó las votaciones sindicales y brindó capacitación sobre democracia sindical. La STPS verificó el cumplimiento del plan mediante visitas a la planta y capacitó a todas las personas trabajadoras, tanto sindicalizables como de confianza sobre la libertad de asociación y negociación colectiva. Además de una capacitación sobre procesos de conciliación prejudicial. 
  6. Transparencia. La STPS acudió a la empresa para presentar a todas las personas trabajadoras y a los directivos de la empresa, los hallazgos de su investigación. 
  7. Monitoreo de la instalación. La STPS llevó a cabo un seguimiento puntual de cada una de las acciones de cumplimiento realizadas por la empresa. 

Con estas acciones, el gobierno de México refrenda su compromiso para asegurar el respeto y aplicación de los derechos colectivos de las personas trabajadoras de México. 

 

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