Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- En acato a un juzgado federal, Petróleos Mexicanos (Pemex) deberá indemnizar con mil 750 días de salario a una mujer por la muerte de su hijo en las instalaciones de la refinería de Ciudad Madero.
Para evadir el pago Pemex interpuso un juicio de amparo, pero mediante la ejecutoria 167/2017 los magistrados federales se lo negaron porque los argumentos que expuso fueron inoperantes al no haber presentado demanda de amparo contra un anterior laudo.
El magistrado Eduardo Torres Carrillo determinó que respecto de las supuestas violaciones procesales que alega Pemex, debe decirse que éstas surgieron a la vida jurídica desde el dictado del primer laudo de fecha 1 de octubre de 2015, respecto del cual la beneficiaria del extinto trabajador promovió en su contra el juicio de amparo 474/2016-I, e hizo valer diversos conceptos de violación.
Empero, el patrón ahora inconforme no promovió juicios de amparo en los que planteara las infracciones que ahora alega.
El 27 de febrero del 2017 se recibió en el Poder Judicial Federal en esta capital la demanda promovida por Pemex en contra de la Junta Especial Número Treinta y Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Tampico, por el Laudo de 4 de noviembre de 2016, en el juicio laboral 571/2007 y su acumulado 762/2007, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
En un principio, la mujer demandó a Pemex ante la JFCA, señalando que con fecha 5 de julio de 2007 falleció su hijo dentro de las instalaciones que tiene en Ciudad Madero, en el momento en que estaba desempeñándose como obrero de planta.
De esa manera, solicitó que se le reconociera como única y legítima beneficiaria y, entre otros, el pago de la indemnización consistente en mil 750 días de salario ordinario, conforme a lo establecido en la cláusula 127 del Contrato Colectivo de Trabajo.
La Junta emitió laudo definitivo, condenando a Pemex a reconocer como como legítima beneficiaria a la mujer de los derechos laborales de su hijo, y a pagar la cantidad correspondiente por concepto de indemnización consistente en mil 750 días salario y a seguir otorgándole atención médica, ante lo cual Petróleos Mexicanos recurrió al juicio de amparo.
El magistrado Eduardo Torres Carrillo, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que la mujer promovió juicio de amparo directo, del cual tocó conocer a ese Tribunal, en donde se le asignó el número 474/2016-I, mismo que se resolvió mediante ejecutoria de 23 de septiembre de 2016, por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con sede en Saltillo, Coahuila, en auxilio de las labores de este órgano jurisdiccional, en la que se concedió la protección.
De lo antes reseñado se advierte, que desde el primer laudo de uno de octubre de 2015, dictado en el juicio natural, se actualizaron las supuestas violaciones que ahora plantea Pemex, sin que hubiera promovido juicio de garantías, por lo que propuso negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, y ahora la Junta deberá obligar a la paraestatal a cumplir.






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