Por David Zárate Cruz
Reynosa, Tamaulipas.- Petróleos Mexicanos (Pemex) Gas y Petroquímica Básica, deberá indemnizar por incapacidad a un trabajador que laboro 26 años en Reynosa, ya que tiene entorpecimiento de las manos derivado de un accidente laboral, por lo que por medio de la ejecutoria 740/2021, magistrados federales, le negaron el amparo en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA).
El magistrado José Manuel Quistián Espericueta, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria en la que se determinó que la Junta responsable estimó correcto el diagnóstico de que la actora es portadora de lesiones en nervios periféricos de la muñeca izquierda por amniografía de antebrazo izquierdo, entorpecimiento los movimientos de las manos, así como lumbalgia, teniendo su origen en un proceso de tipo profesional derivados del accidente de trabajo sufrido por la accionante.
El tres de diciembre del 2021, la Junta Especial Número Sesenta de la JFCA en Reynosa, emitió Laudo de juicio laboral mediante la cual condenó a (Pemex) Gas y Petroquímica Básica a pagar indemnización por incapacidad a la trabajadora; el órgano federal recurrió al juicio de amparo argumentando que no se allegaron los estudios o métodos auxiliares para realizar su peritaje, mientras que el perito de su parte sí lo hizo.
El magistrado José Manuel Quistián Espericueta determinó que el accidente sufrido por la empleada el veintisiete de enero de dos mil catorce, calificado como riesgo de trabajo y además por el desempeño de su actividad que desarrolló como asistente en el Hospital de Pemex y como obrera general en el complejo procesador de Pemex Gas y Petroquímica Básica, concluyendo la Junta que se actualizaba la presunción de ser profesionales, por lo que procedió a su valuación.
Argumentado lo anterior, se estableció que la accionante es portadora de una incapacidad permanente y total; y que los padecimientos diagnosticados se ubicaban en los supuestos del diverso numeral 475 de la ley laboral en consulta para ser reconocidos como riesgos laborales.
Enseguida, la Junta procedió al análisis del peritaje del experto propuesto por la patronal, negándole valor probatorio porque no resultaba creíble, ante lo cual el pleno judicial negó el amparo a Pemex.
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