Por Redacción
Ciudad de México.- Durante la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la ministra Loretta Ortiz Ahlf se pronunció por la corresponsabilidad entre mamá y papá en el cuidado familiar; y que, en el caso de familias con hijos adoptivos, merecen la misma protección como un núcleo con hijos biológicos.
El alto tribunal discutió hoy una Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CDNH) en contra de algunos párrafos del artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur.
Dicha fracción de la ley impugnada contempla la distribución de temporalidades para las licencias parentales como lo son tres meses para las madres y personas gestantes, con la posibilidad de aumentar tres meses más en caso de complicaciones médicas o discapacidad; 10 días para sus parejas sin posibilidad de aumento; y 10 días para madres y padres adoptivos.
Al respecto, la ministra Loretta Ortiz apoyó la invalidez de la norma al sostener que se debe asegurar que, en los casos de las familias conformadas por mamá y papá, debe existir una verdadera corresponsabilidad en los cuidados de hijos e hijas y que no solo sean las madres las encargarse de dichas labores.
“También es importante reconocer que las familias con hijos biológicos e hijos adoptivos merecen la misma protección, pues nuestra Constitución protege a todos los tipos de familia; y sobre la lactancia, es fundamental asegurar que quienes deseen amamantar a sus hijos e hijas cuenten con los periodos de tiempo y los espacios adecuados para que puedan ejercer este derecho sin que ello implique alguna afectación en su trabajo”, dijo la togada.
De este modo, el máximo tribunal determinó que las diferencias que hacen del artículo impugnado son desproporcionales ya que se concibe casi exclusivamente a la madre como la encargada de las labores del cuidado; no permite la existencia de paternidades activas, incluso irrumpe a la niñez con el derecho a la salud y a una vida en familia.
Además, por mayoría de votos también se decidió que el periodo complementario de tres meses por causas médicas o de discapacidad debe otorgarse no sólo a la persona gestante, sino también a su pareja.
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