Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Sin precisar las prestaciones reclamadas, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios absolvió al gobierno estatal en una demanda den la que un maestro le reclama el pago de salarios retenidos desde el 2013, pero mediante la ejecutoria 1141/2016 magistrados federales ampararon al docente instando al Tcatsem a que aborde nuevamente el análisis de las prestaciones reclamadas.
El Magistrado Ricardo Delgado Quiroz, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, determinó que, sin identificar con toda precisión cuáles son las prestaciones reclamadas y el periodo respecto del cual el actor pretende su pago, de manera dogmática el Tcatsem resolvió que el resultado de dichas inspecciones oculares e informe de autoridad pone en evidencia que el actor carece de acción y de derecho.
El 24 de noviembre del 2016, se presentó en el Poder Judicial Federal en esta capital la demanda promovida por un maestro en contra del Tcatsem, por Laudo de 4 de noviembre de 2016, dictado dentro del expediente laboral 445/2013 y su acumulado 293/E/2014, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
En un principio, el dos de octubre del 2013 un maestro demando a la SET ante el Tcatsem reclamando el pago de salarios retenidos correspondientes a 5 horas a la semana, a partir del día 1 de junio de 2013, más los que se continúen generando, con sus respectivos incrementos salariales, así como vacaciones, prima vacacional y aguinaldo en sus 90 días, hasta que se normalice el pago correcto en su centro de trabajo.
El Tribunal emitió el laudo absolviendo al Estado de todo lo reclamado, ante lo cual el maestro recurrió al juicio de amparo, argumentando que la autoridad responsable no cumplió con los principios de congruencia y exhaustividad que debe contener todo laudo, pues al dictarlo y proceder al análisis del material probatorio debe precisarse con claridad el valor y alcance del mismo.
El Magistrado Ricardo Delgado Quiroz, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que el Tcatsem al pretender analizar las inspecciones oculares e informe de autoridad, se concretó a plasmar, casi de manera literal, lo asentado por el actuario en las actas, así como lo informado por la autoridad, para resolver que son suficientes para tener por demostrado que al actor no se le adeuda cantidad alguna respecto de la clave presupuestal, sin expresar las razones y motivos por las que arribó a dicha conclusión.
El pleno judicial otorgó el amparo para que, entre otras cosas, el Tcatsem identifique con toda precisión cuáles son las prestaciones reclamadas y el periodo respecto del cual el actor pretende su pago; posteriormente, exponga las razones y motivos por los que considera que las inspecciones oculares e informe de autoridad que ofreció el gobierno demandado, resultan idóneas para demostrar la improcedencia de acciones intentadas.






Discussion about this post