Por David Zárate Cruz
Tampico, Tamaulipas.- Por medio de la sentencia 116/2018 un juez ordenó a la titular de la Secretaría de Salud estatal Gloria de Jesús Molina Gamboa y al director del Hospital General de Tampico dar puntual seguimiento a la situación de una mujer que padece una enfermedad renal crónica e hipertensión arterial sistemática, pero desde el 18 de junio no han cumplido la orden de amparo pese al peligro que entraña de la enfermedad y las posibles consecuencias fatales.
El Juez Advento Hernández Reyna, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Tampico, determinó que el 2 de febrero del 2018 la mujer enferma acudió al Hospital General de Tampico a efecto de recibir una hemodiálisis. Sin embargo, que al realizarle el procedimiento de limpieza en el área de catéter y conectarle la máquina se escuchó un sonido de alarma. Ante esa situación la enfermera invirtió las líneas que van del catéter a la máquina y posteriormente la mujer sintió molestias en el área de contacto con el catéter.
El 8 de febrero del 2018, la mujer acudió ante el Poder Judicial Federal en Tampico para presentar demanda en contra de la Secretaria de Salud de Tamaulipas y del mencionado nosocomio, por la omisión de vigilar que reciba la atención médica adecuada a que tiene derecho todo ser humano, así como de vigilar que el personal a su cargo cumpla con la normatividad local, federal e internacional en materia de salud.
El Juez señaló que, con motivo del actuar de la enfermera del Hospital General de Tampico, la mujer estuvo inflamada del cuello y cara. El 6 de febrero del 2018 acudió con el doctor Octavio Álvarez Torres, con especialidad en nefrología, para que le revisara el área del catéter y cuello debido a la inflamación y dolor que presentaba. El médico le dijo entonces que estaba lastimada por una mala aplicación de la hemodiálisis, y le recetó medicamento y le recomendó aspirar e irrigar el catéter lentamente.
El Juzgado otorgó el amparo para que la titular de Salud de Tamaulipas y el director del nosocomio tomaran todas las medidas para otorgar el tratamiento impuesto a la mujer, e incluso la remitieran a cualquier centro médico local o del país donde se reciba la atención médica adecuada. Asimismo, para que de inmediato continúe el tratamiento con los cuidados correctos propios de su enfermedad, sin que genere consecuencias que pongan en riesgo su vida.
Sin embargo las recomendaciones no se cumplieron, por lo que el Juzgado les dio tres días para hacerlo o de lo contrario se les impondrá una multa.






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