Por David Zárate Cruz
Matamoros, Tamaulipas.- Mediante la sentencia 521/2021, el Poder Judicial Federal anuló todo un juicio hipotecario debido a que el actuario del Juzgado Primero Civil de Reynosa, al constituirse en Matamoros en el domicilio de la demandada para citarla a juicio, no la requirió, sino que entendió la diligencia con la cuñada, violando la garantía constitucional de seguridad jurídica, ya que la afectada no se enteró y por tal motivo no pudo acudir a defenderse en el juicio.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, titular del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, determinó que en la hora y fecha programadas en el citatorio, el diligenciario se constituyó en el domicilio señalado en autos y se cercioró de encontrarse en el domicilio de la demandada, empero, el actuario se limitó a entender la diligencia con quien dijo ser familiar político de la buscada (cuñada), a quien no requirió la presencia de ésta sino que únicamente corroboró con la mujer abordada que ese era el domicilio buscado.
Además, en el juicio hipotecario 810/2009, el fedatario notificó el acuerdo de 1 de noviembre de 2019, entregó la cédula de notificación, junto con copias simples de traslado debidamente foliadas selladas y rubricadas; por lo que no estableció o describió cuáles son los documentos que se adjuntaron y con cuyas copias corrió traslado, de ahí que no cumplió con el objetivo de hacer saber a la demandada aquella información que le permitirá ejercer su defensa.
El Juez señaló que el actuario responsable, lejos de requerir la presencia de la agraviada para la práctica del emplazamiento ordenado, se limitó a constituirse de nueva cuenta en el domicilio señalado en autos y corroborar que éste correspondía al que habita la demandada, lo cual hizo conforme al dicho de su cuñada, pero sin increpar a dicha persona respecto a si se encontraba o no la buscada, sino que procedió a entender la diligencia con dicha persona, es entonces que se hace patente la trasgresión al derecho de audiencia.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amaro para que el Juzgado Primero Civil de Reynosa deje insubsistente todo lo actuado dentro del expediente 810/2009, relativo al juicio ejecutivo mercantil, a partir de la diligencia de emplazamiento practicada a la demandada, luego de lo cual conduzca el procedimiento hasta su conclusión, según las leyes que lo rigen en Tamaulipas.







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