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Culpa CNDH a CFE en el caso de una mujer que murió electrocutada en Tamaulipas

diciembre 31, 2018
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Culpa CNDH a CFE en el caso de una mujer que murió electrocutada en Tamaulipas
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Por Agencias

Ciudad de México.- En noviembre de 2016, mientras caminaba bajo la lluvia en Reynosa, Tamaulipas, una mujer recibió una descarga eléctrica que le causó la muerte, esto luego de pisar la tapa de un registro subterráneo de energía propiedad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

La tragedia se dio debido a la falta de supervisión, mantenimiento preventivo y vigilancia de las redes subterráneas en la región, lo que es responsabilidad de la empresa.

Así lo determinó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), por lo que emitió la Recomendación 76/2018, dirigida a los directores generales de la CFE y su subsudiaria CFE Distribución, Manuel Bartlett Díaz y Guillermo Nevárez Elizondo, respectivamente.

Luego de sus investigaciones, el organismo nacional acreditó la responsabilidad de ambas empresas públicas por violar el derecho humano a la vida, al generar riesgo para la víctima y ser propietarias del registro subterráneo.

Además, incurrieron en probables responsabilidades administrativas en el desempeño de sus funciones, ya que no demostraron haber realizado inspecciones ni mantenimiento periódico preventivo en el registro subterráneo, que fue instalado en 2007, y se abstuvieron de verificar e inspeccionar que las instalaciones de distribución de energía eléctrica cumplieran con los requerimientos de seguridad previstos en las disposiciones convencionales, legales reglamentarias y normativas en materia de electricidad.

El 8 de noviembre de 2016, al caminar por la calle Girasoles, del fraccionamiento Paseo de las Flores, en ese municipio fronterizo, la víctima –madre de familia quien dejó a tres pequeños- pisó la tapa de un registro subterráneo propiedad de la CFE, que derivó en una descarga eléctrica, provocando su muerte.

Su esposo interpuso una queja argumentando la falta de mantenimiento al registro subterráneo de energía eléctrica en el lugar de los hechos y señalando a la CFE como entidad responsable de no haber cumplido con esa responsabilidad, pues es la encargada de la protección, mantenimiento y funcionamiento de todo el sistema eléctrico del país.

Al acreditar la responsabilidad de ambas paraestatales, la CNDH les recomendó reparar de forma integral el daño ocasionado al esposo y a los tres hijos de la víctima, lo que debe incluir atención psicológica y el pago de una compensación y/o indemnización justa, en términos de la Ley General de Víctimas y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Entre otros exhortos, el organismo nacional señaló la necesidad de que los servidores públicos de la CFE y sus subsidiarias mantengan una revisión y mantenimiento constante de las instalaciones subterráneas tanto en la colonia en la que se dieron los hechos, como en el resto del país; y que la paraestatal coadyuve con la CNDH en el trámite y seguimiento de la queja que se presente ante la Unidad de Responsabilidades en la dependencia, contra los servidores públicos involucrados en los hechos.

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