Por David Zárate Cruz
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El ayuntamiento de Victoria deberá pagar 739 mil 306.78 pesos a un auxiliar jurídico que fue reinstalado luego de haber sido despedido injustificadamente en el 2011 (en la administración de Miguel González Salum).
Por medio de la sentencia 2399/2018, el Poder Judicial Federal negó un amparo a la alcaldía de Victoria, por ser inatendibles los conceptos de violación, ya que fueron examinados en anterior sentencia de amparo emitida el 3 de agosto de 2018.
El Juez José Guerrero Durán, del Juzgado Segundo de Distrito, determinó que si bien es cierto que la concesión del amparo anterior se hizo con plenitud de jurisdicción, la autoridad laboral debió haberse ceñirse a los lineamientos establecidos en la propia sentencia, donde omitió precisar de dónde obtuvo los porcentajes que invocó para calcular los aumentos salariales respecto de los años 2012 a 2017, lo cual acotaba la libertad de jurisdicción, con el requisito de que toda resolución debe estar fundada y motivada.
El 11 de diciembre del 2018 el ayuntamiento de Victoria acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital para presentar demanda en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), por la resolución de 9 de noviembre 2018 dictada dentro del expediente laboral 20/2011, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica.
El Juez señaló que, en primer lugar, el tribunal responsable dejó insubsistente la interlocutoria de 20 de abril de 2018; luego, precisó que el salario diario era de 246.66 pesos; posteriormente, determinó el salario integrado por los años 2012 a 2017; enseguida resolvió lo relativo a salarios caídos, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y aguinaldo por el transcurso del juicio, todo ello relacionado con las mencionadas anualidades, dándole un total de 739 mil 306.78 pesos.
Por ello, el Juzgado no puede analizar de nueva cuenta los argumentos tendientes a cuestionar la legalidad del fallo reclamado, cuando ya respecto de los mismos se pronunció sobre el particular en diverso juicio de amparo, pues de hacerlo se contravendrían los principios de cosa juzgada y firmeza de las resoluciones que emite la potestad federal, ante lo cual emitió la sentencia negando el amparo al ayuntamiento de Victoria.






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