Por David Zárate Cruz
Por Redacción
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Tamaulipas entregó a la abuela a una menor “rescatada de su hogar”, sin establecer reglas de convivencia con sus padres, ante lo cual violo en interés superior del niño, por lo que mediante la sentencia 1090/2020 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que se establezca el régimen de convivencia con los papás.
La Juez Rosa María Cortés Torres, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, determinó que la autoridad responsable tiene la ineludible obligación de velar por el interés superior de la menor, lo cual implica proveer aún de oficio, sin esperar a que medie petición de alguna de las partes, para fijar reglas de convivencia de la menor con su progenitora, lo que conlleva un desapego a los principios contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.
El 28 de octubre de 2020, la mencionada Procuraduría del DIF desahogó un acta de restitución de derechos y reintegración familiar, mediante la cual reintegró con su abuela paterna a la menor, quien se comprometió y obligó a seguir proporcionándole la atención médica y psicológica requerida, continuar con sus estudios de educación, pero omitió establecer un régimen de convivencias entre los padres.
La Juez señaló que la autoridad está obligada a velar por que la menor pueda gozar de ese máximo principio de convivir con sus ascendientes y hermanos, por lo cual debió tomar las medidas que estime necesarias a fin de proteger y garantizarle su derecho a convivir con su progenitora; en ese sentido, como la Procuraduría del organismo asistencial no veló por proteger el interés superior de la menor de edad, dejó de observar el derecho de la infante de convivir con sus padres, violando garantías constitucionales.
El Juzgado emitió la sentencia otorgando el amparo para quese deje insubsistente la determinación contenida en el Acta de restitución de derechos y reintegración familiar de la adolescente y se dicte otra en su lugar, y adopte una actitud proactiva en atención al interés superior de la menor, lo cual implica que deberá emitir una determinación donde establezca un régimen de convivencia entre la menor y sus progenitores.







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