Por Agencias
Ciudad de México.- El Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México rechazó un amparo que interpuso el empresario queretano Manuel Barreiro, presunta cabeza de la red de triangulaciones en empresas fachada con la que compró un terreno por 54 millones de pesos al candidato de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya, en contra del aseguramiento de las cuentas bancarias relacionadas con las empresas Advance Real Estate Advisors, Advance Real Estate 2 y Aspen Partners Invesco II.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores congeló las cuentas mientras se desarrollan las investigaciones en contra de Manuel Barreiro y colaboradores en relación al presunto lavado de dinero.
Las investigaciones que iniciaron en octubre del año pasado señalan que el caso comenzó cuando la empresa Juniserra, de Ricardo Anaya, compró a Barreiro un terreno en 10 millones de pesos.
Después, éste último creó presuntamente una red de empresas fachada en distintos países y paraísos fiscales para perder el rastro del origen del dinero y terminó regresando el capital a Manhattan Master Plan Development. Esta empresa compró nuevamente a Ricardo Anaya el mismo terreno pero ahora como nave industrial por 54 millones de pesos.
También el mismo juez federal dio un revés a dos colaboradores de Manuel Barreiro, Juan Pablo Olea Villanueva y Sergio Reyes García, quienes también reclaman que les negaron suspender el aseguramiento de sus cuentas bancarias.
La semana pasada, los quejosos presentaron amparos para impugnar el congelamiento de sus cuentas con número 0060680920201, del Banco del Bajío, y 0158023379, de BBVA Bancomer, en el caso de Manuel Barreiro.
De Sergio Reyes García es la 0574740409 del Banco Mercantil del Norte, y la relacionada con el contrato 90017, identificada con el número de cliente 320954, del Banco Monex. Y de Juan Pablo Olea la 0175460174 de BBVA Bancomer, todas emitidas en la carpeta de investigación UEIORPIFAM/979/2017.
Los tres casos quedaron consignados en los expedientes 212/2018, 213/2018 y 214/2018 y de acuerdo con el impartidor de justicia ninguno acreditó ser titular de las cuentas que reclamaron.
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