Por David Zárate Cruz
Matamoros, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal obligó al Hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS) Número 13 de Matamoros a elaborar un plan de tratamiento respecto al cáncer endometrio con metástasis en colon e hígado de una derechohabiente y proporcionar el medicamento que requiera, en cumplimiento a la sentencia 500/2023 que otorgó el amparo por violación a la garantía constitucional de la salud.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, titular del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, determinó en la sentencia que se estima que la atención que se le está prestando a la compareciente ha sido parcial, pues la atención especializada que necesita no ha concluido en virtud de que no se le ha proporcionado el resultado de histopatología con motivo de la histerectomía que se le practicó y no existe dato que corrobore la consulta en la que se le indique a la ahora agraviada el tratamiento a seguir.
La sentencia emitida el 29 de septiembre del 2023 otorgó el amparo para que el director del mencionado Hospital agilice los trámites para contar con los resultados de histopatología con motivo de la histerectomía que se le practicó a la paciente el 20 de julio de 2023, y una vez que se tengan, el médico especialista deberá realizar el diagnóstico final y plan de tratamiento respecto al padecimiento que presenta, así como proporcionar el medicamento que requiera.
El juez señaló que el Hospital no ha dado cumplimiento parcial al derecho humano consagrado en el artículo 4 Constitucional, pues conforme a sus atribuciones diagnosticaron a la mujer con el padecimiento, se le practicó una cirugía de histerectomía a raíz de su padecimiento de hipertrofia endometrial y miomatosis uterina; sin embargo, a la fecha de la sentencia no se contaba con el reporte de histopatología con motivo de esa operación y la consulta en la que se le indique a la ahora agraviada el tratamiento a seguir y, si es necesario, que reciba quimioterapias.
La obligación de proteger la dignidad humana, al menos en un mínimo vital, pasa por respetar y cumplir con el derecho a la salud garantizando el acceso a todas las personas en igualdad de condiciones, no solamente mediante el establecimiento de ordenamientos jurídicos que establezcan una política nacional de salud, sino también a través de un plan detallado para su ejercicio, que permita su disfrute como una manera de garantizar otros derechos.
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